Tarifas
Normas de aplicación de las tarifas de "HERNANI" Musika Eskola Publikoa
Las normas de aplicación de las tarifas están aprobadas en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios y realización de actividades. Esta ordenanza se aprueba anualmente, y en la misma además de las normas se recogen las cantidades que se deben abonar. Por otra parte, y debido a la crisis sanitaria provocada por el Covid-19, a lo largo del curso pueden producirse variaciones en la aplicación de las tarifas. Estas variaciones se prevén en la adición (punto 7) efectuada a dicha ordenanza.
Conforme la Ordenanza fiscal del curso 2020/2021 y la adición del punto 7, las normas son:
En relación al modo de pago
El abono de la tasa se realizará en tres plazos: cargo del 34% del importe total en un primer plazo, cargo del 33% en un segundo plazo, y cargo del 33% restante en un tercero. Todos los cargos se realizarán a la misma cuenta corriente.
En relación a la cantidad a abonar
Las tarifas han sido aprobadas por el Pleno Municipal a propuesta de las Comisiones de Hacienda y Educación. Para el curso 2020/2021 son las siguientes:
Materia | Residentes en Hernani | No residentes en Hernani |
---|---|---|
Iniciación musical | 221,35 € | 265,63 € |
Materia | Residentes en Hernani | No residentes en Hernani |
---|---|---|
Instrumento musical (excepto txalaparta) | 330,38 € | 396,46 € |
Txalaparta | 165,19 € | 198,23 € |
Grupo instrumental o coro | 66,08 € | 79,30 € |
Pandero | 66,08 € | 79,30 € |
Lenguaje Musical | 66,08 € | 79,30 € |
Educación Musical | 33,04 € | 39,65 € |
Materia | Residentes en Hernani | No residentes en Hernani |
---|---|---|
Instrumento musical | 396,46 € | 475,75 € |
Txalaparta | 214,75 € | 257,69 € |
Grupo instrumental o coro | 82,60 € | 99,11 € |
Técnicas complementarias de música | 396,46 € | 475,75 € |
Materia | Residentes en Hernani | No residentes en Hernani |
---|---|---|
Instrumento musical | 462,53 € | 555,03 € |
Grupo instrumental o coro | 82,60 € | 99,11 € |
Técnicas complementarias de música | 396,46 € | 475,75 € |
Una vez iniciado el curso, todos los alumnos deberán abonar el importe completo de la tasa que les corresponda, de conformidad con la matrícula realizada.
En relación a bajas y sus efectos en las cantidades abonadas
La comunicación de baja en cualquiera de los cursos o enseñanzas, no dará lugar a la devolución de las cuotas. Se exceptuarán los casos en los que se produzca una enfermedad que imposibilite la asistencia a clase superior a medio curso. Estas excepciones las dirimirá la Comisión de Gobierno y será necesario presentar informe médico que lo acredite.
Aquel alumno o alumna que se matricule en el primer trimestre del curso iniciado, abonará la tasa proporcionalmente al número de meses que haya desde el comienzo de recibir el servicio hasta final del calendario.
Beneficios fiscales
Se aplicará el art. 7 de las Tasas. (vide infra)
Variaciones previstas por crisis sanitaria
Debido a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus Covid-19, pueden producirse variaciones en la organización del curso. En lo que respecta a la gestión de las tasas, se tendrán en cuenta las siguientes normas para la aplicación de tarifas:
- Si el servicio y las clases no pueden impartir de forma presencial y se debe hacer online, se aplicará un beneficio del 25% a la cuota de la tasa correspondiente.
- Si, por cuestiones de aforo u otro imperativo, el servicio y las clases se imparten en ambas formas, presencial y online, se cobrará el 100% de la cuota.
- Si en algún periodo de tiempo el Ayuntamiento no pudiera ofrecer el servicio y las clases ni de forma presencial ni online, es decir, si se suspendieran las clases, no se cobrará la parte de las tasas correspondientes a ese periodo.